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Guías

Impuesto en la fuente o tributación ordinaria: qué cambia de verdad

No son dos impuestos distintos, sino dos formas de recaudar el mismo. Uno retiene cada mes sobre una media; el otro calcula una vez al año sobre su situación real. La diferencia está en el detalle, y en el calendario.

Actualizado el 2026-08-14

Muchos titulares de un permiso B creen que pagan un «impuesto de extranjeros» distinto del de los residentes suizos. No es así. El impuesto debido es el mismo: impuesto federal, cantonal y municipal sobre la renta. Lo único que difiere es el método de recaudación.

La retención en la fuente, mecanismo a mecanismo

Su empleador aplica un baremo publicado por su cantón. Ese baremo depende de tres parámetros únicamente: el importe del salario, su situación familiar y su confesión religiosa. El empleador descuenta cada mes la cantidad correspondiente y la ingresa a la administración.

El baremo no es arbitrario. Ya incorpora, en promedio, las deducciones a las que normalmente tiene derecho un contribuyente: una parte de gastos profesionales, de primas de seguro y de cargas familiares. Es un importe a tanto alzado estadístico, calibrado sobre un asalariado tipo.

  • Ventaja: no hay que hacer nada. Ni declaración, ni pagos a cuenta, ni saldo que liquidar.
  • Ventaja: la tesorería queda repartida. El impuesto sale con el salario, mes a mes.
  • Límite: el tanto alzado ignora todo lo que le distingue de la media: un trayecto largo, un pilar 3a, una guardería.
  • Límite: el baremo se calcula sobre una media cantonal, mientras que la tasa real depende de su municipio.

La tributación ordinaria, mecanismo a mecanismo

Es el régimen de cualquier contribuyente domiciliado en Suiza. Una vez al año, usted declara el conjunto de sus ingresos y de su patrimonio, hace valer sus deducciones efectivas y la administración calcula el impuesto realmente debido.

El cálculo se hace entonces con el coeficiente de su municipio, y no ya con una media. Según el lugar donde viva, esto juega en un sentido o en el otro.

Los dos regímenes, uno al lado del otro

Impuesto en la fuenteTributación ordinaria
Quién calculaEl empleador, según un baremoLa administración, sobre su declaración
CuándoCada mes, sobre el salarioUna vez al año, a posteriori
Base de cálculoSalario bruto y baremo a tanto alzadoIngresos y patrimonio reales, deducciones efectivas
Tasa municipalMedia cantonalCoeficiente de su municipio
Deducciones realesNo
Impuesto sobre el patrimonioNo se recaudaSe recauda
Ingresos en el extranjeroIgnoradosSe tienen en cuenta para el tipo
Trámite anualNingunoDeclaración completa
TesoreríaRepartida en doce mesesPagos a cuenta y luego saldo o devolución

Lo que el cambio hace a su tesorería

Es el aspecto más olvidado, y no tiene nada que ver con el importe final del impuesto.

Bajo el régimen de la fuente, todo se salda sobre la marcha. En tributación ordinaria, el empleador suele seguir reteniendo durante el año, y después la administración emite la liquidación definitiva varios meses —a veces más de un año— después del cierre del ejercicio. La devolución, cuando la hay, llega por tanto tarde.

El impuesto sobre el patrimonio, el punto ciego

La retención en la fuente recae únicamente sobre la renta. Ignora por completo el patrimonio: ahorro, valores, inmuebles, incluidos los situados en el extranjero.

La tributación ordinaria, en cambio, lo integra. Una persona con un ahorro considerable o con un bien inmueble puede ver aparecer un impuesto que antes no pagaba y que anula la ganancia obtenida sobre la renta. Es una de las situaciones en las que la TOU se vuelve en contra de quien la solicita.

Un bien inmueble en el extranjero, aunque no sea imponible en Suiza, entra en el cálculo del tipo aplicado al resto. El valor locativo (Eigenmietwert) de una vivienda de su propiedad también se suma a sus ingresos.

Quién cambia de régimen, y cómo

Tres caminos llevan a la tributación ordinaria, y solo uno depende de una elección.

  1. 01

    De forma automática, por el permiso

    La obtención de un permiso C, o el matrimonio con una persona de nacionalidad suiza o titular de un permiso C, pone fin a la tributación en la fuente. El cambio surte efecto el mes siguiente.

  2. 02

    De forma automática, por los ingresos

    Por encima de CHF 120'000 de ingresos brutos anuales, la tributación ordinaria pasa a ser obligatoria, para el año en cuestión y para los siguientes.

  3. 03

    A solicitud, antes del 31 de marzo

    Es la única vía que depende de usted. Es irreversible y compromete los años siguientes: vea la guía completa de la TOU.

Entonces, ¿cuál resulta más ventajoso?

La pregunta no tiene una respuesta general, y desconfíe de quien le dé una. El resultado depende de su municipio, de sus gastos reales, de su patrimonio y de su situación familiar: cuatro variables, ninguna de ellas media.

Lo que sí puede afirmarse con certeza: cuanto más se aleje usted del asalariado tipo sobre el que se calibra el baremo, más probabilidades hay de que la tributación ordinaria le resulte favorable. Un trayecto diario largo, hijos en la guardería, aportaciones al pilar 3a, una formación continua: cada una de esas partidas amplía la distancia respecto al tanto alzado. Vea el detalle de las deducciones.

Preguntas frecuentes

¿El impuesto en la fuente sale más caro en general?

Ni más ni menos por naturaleza. Es un tanto alzado: sale más caro a quienes tienen muchas deducciones y más barato a quienes tienen pocas. Para una persona soltera que vive cerca de su trabajo y sin pilar 3a, suele ser más favorable.

Voy a obtener un permiso C. ¿Debo solicitar la TOU mientras tanto?

El permiso C le hará cambiar de régimen de todos modos. La solicitud conserva su interés para los años ya transcurridos que sigan dentro del plazo del 31 de marzo, pero ya no tiene objeto de cara al futuro.

¿Puede mi empleador oponerse a que pase a la tributación ordinaria?

No, no es asunto suyo. La solicitud se presenta ante la administración cantonal, no ante el empleador, que simplemente sigue reteniendo como antes.

¿Pago dos veces durante la transición?

No. El impuesto en la fuente ya pagado se descuenta íntegramente del impuesto calculado. Usted solo paga la diferencia, o recupera el exceso.

¿Y si mis ingresos varían mucho de un año a otro?

Es un argumento de prudencia. La TOU compromete los años siguientes, mientras que el cálculo favorable se hizo sobre uno solo. Un año excepcional —un bonus importante, un trabajo a tiempo parcial— no debería decidir un régimen duradero.

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